Programa Digitaliza CV Teletrabajo: apoyo para implantar el teletrabajo en Pymes

El programa DIGITALIZA CV TELETRABAJO de IVACE apoya mediante subvenciones la implantación y extensión del teletrabajo en las pymes de la Comunitat Valenciana.

Objetivo

Facilitar la implantación y extensión del teletrabajo en las pymes de la Comunitat Valenciana. 

 

Empresas beneficiarias

Pyme con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que desarrollen actividades encuadradas en alguno de los siguientes epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):
    a) Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43. Industria Manufacturera, Suministro de energía, Suministro de agua, actividades de saneamiento, gestión de residuos, construcción
    b) Sección H-Divisiones 49 a 53. Transporte y almacenamiento
    c) Sección J-Divisiones 58 a 63. Información y comunicaciones
    d) Sección M-Divisiones 69 a 74. Actividades profesionales, científicas y técnicas
 

Requisitos de los proyectos

•    Presupuesto subvencionable igual o superior a 6.000 €.
•    Los proyectos deberán haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2020 y no deberá haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de que se presente la solicitud.
•    Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
•    Solo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.

 

Actuaciones apoyables

 Implantación y puesta en marcha de soluciones innovadoras para facilitar el teletrabajo de la empresa solicitante. Podrán consistir en una o varias de las siguientes:

a) Soluciones de acceso a redes corporativas, entre otras, escritorios remotos, virtuales, y operación remota de equipos y dispositivos. Se incluye la puesta en funcionamiento de los sistemas de telecomunicación, sistemas de seguridad avanzados y de monitorización remota, necesarios para el correcto funcionamiento de las soluciones.

b) Soluciones para facilitar el teletrabajo en grupo, su organización y seguimiento, incluyendo, entre otras, videoconferencia, chats, acceso y utilización de recursos compartidos, control de productividad, etc.

En este punto es donde las pymes pueden contar con la ayuda de vBote; bien mediante la implantación de un proyecto de desarrollo a medida o por el uso de nuestro Tweem - Portal del empleado en la nube de pago por uso (SaaS) 

c) Soluciones para facilitar el control y la operación remota de procesos productivos, monitorización y soporte remoto de productos, así como la prestación de servicios no presenciales.

Podrán incluir también, entre otros, sistemas de control numérico, sistemas MES, sistemas SCADA, aplicaciones para facilitar el mantenimiento preventivo, aplicaciones de gestión logística interna y externa, comercio electrónico..., siempre que se justifique que su incorporación elimina o minimiza significativamente la operación presencial.

 

Tipo de ayuda

 Subvención a fondo perdido calculada como un porcentaje sobre los costes subvencionables del proyecto, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:
    - Pequeña empresa: hasta el 40%
    - Mediana empresa: hasta el 30%
La cuantía de subvención no podrá superar el importe de 100.000 euros

 

Costes subvencionables

a) Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Se considerarán:

- Licencias de software.
- Desarrollo de aplicaciones a medida 
- Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), por ejemplo de Tweem durante el tiempo de ejecución del proyecto.
- Costes de instalación, adaptación, configuración y puesta en funcionamiento de las soluciones.

b) Adquisición de activos materiales:
- Equipos de telecomunicación y de seguridad.
- Servidores.
- Ordenadores personales así como los dispositivos de comunicación de los mismos, necesarios para desarrollar el trabajo remoto. Quedan excluidos los teléfonos móviles, las instalaciones de telecomunicación en los lugares desde donde se realiza el teletrabajo, así como el alta y las cuotas de los operadores de telecomunicación que faciliten los servicios de teletrabajo. 
- Adquisición o adaptación de bienes de equipo, sensores y automatismos, directa y exclusivamente relacionados con la actuación apoyable c.

c) Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables, así como, si fuera necesario, para la readaptación de la actividad o la organización de la propia empresa. 

 

Fechas

Presentación solicitudes: del 4/5/2020 hasta el 26/5/2020 
Plazo de ejecución (periodo subvencionable del gasto): desde el 1/1/2020 hasta el 31/3/2021
Plazo de justificación: hasta el 5/5/2021

 

Si tu empresa necesita avanzar en el teletrabajo y en la gestión en remoto de los Recursos Humanos, y quieres aprovechar esta ayuda contacta con nosotros.