Hace aproximadamente 6 años nació lo que conocemos hoy como la Apps Store de Apple. Hoy nos encontramos con unos 60 mil millones de apps descargadas a diario a través de ésta plataforma, y el número va en aumento. Debido al éxito demostrado, el otro magnate de Internet y las nuevas tecnologías, Google, ha creado basándose en el ingenio de la manzanita tiendas de apps para los PC’s.
¿Qué está pasando con la tecnología móvil? ¿Se trata de una moda en alza o una apuesta por el cambio (ya evidente) del modelo de comunicación y ocupación de nuestro tiempo?
Vamos a analizar con datos un poco este fenómeno. Según un estudio realizado por Nielsen, el 89% de nuestro tiempo en los medios lo dedicamos al uso de apps. Así, sin más, una burrada, ¿no creéis? Y es por esto que se explica el fuerte interés de dos compañías como las de antes comentadas por controlar todo el funcionamiento de contenidos a los que tenemos acceso.
Son muchos los aspectos y límites que estas compañías imponen, entre los cuales está la aprobación o rechazo de las aplicaciones mediante el siguiente imperativo: “la compañía rechazará apps si encuentra contenidos o comportamientos que sobrepasan un límite.” Aquí muchos nos planteamos a qué límite se refiere, dónde están los extremos hasta los cuales se puede llegar,etc. Pero eso sí, lo que tenemos claro es que nuestra libertad a la hora de crear se ve bastante condicionada por sus exigencias.
Google, ha comunicado a los desarrolladores de la tienda de Google Play numerosos aspectos que tienen que cumplir para que su app pueda ser aprobada. Entre estos destacamos los siguientes:
Información personal/privacidad: “No transmita gusanos, defectos, caballos de Troya, malware o código que pueda introducir vulnerabilidades o dañar los servicios del usuario, sus aplicaciones o sus datos personales”. Por si no quedaba claro.
Suscripciones: Los usuarios no recibirán el dinero restante si cancelan a la mitad de un período el cual ya hayan suscrito un servicio.
Política de pagos: Todas las transacciones relacionadas con la apps en Google Play, ya sea descargarlas o pagarlas, deben usar el sistema de pagos del propio Google, a menos que la compra sea hecha fuera de la app y lo que esté vendiendo, por ejemplo, una suscripción a una revista, ya sea física o virtual, no se haga en la tienda.
Spam: Google hace hincapié en los detalles concretos del concepto: Contenidos repetitivos, descripción de productos falsa o no precisa o “cargada con palabras claves en un intento de manipular el ranking o la relevancia en las búsquedas de resultados”, ratings “juguetones”: aquellos que han sido ya ranqueados múltiples veces o que se adquieren por medio de ofertas que incentivan a los usuarios, apps creadas por herramientas automatizadas o wizards que necesitan ser enviadas al desarrollador, apps que llevan tráfico a una página web o que se enlace a páginas web que no son del desarrollador y apps que mandan sms automáticos o mensajes de correo sin confirmar primero con los usuarios.
Nombre/iconos: Se refiere a implementar una medida para evitar copias de apps: ”No pretenda ser alguien más y no represente que su app está autorizada o producida por otra compañía u organización si no es el caso”. Así que una app no puede tener un nombre o icono que sea “similar y confunda” al usuario con productos existentes.
Estas medidas son solo unas pocas de las numerables que tanto Google como Apple disponen para el control y buen funcionamiento de sus plataformas.
¿Qué opináis al respecto? ¿Deberían ser más transigentes? ¿Las medidas son adecuadas? Y sobre todo, ¿deberían ser más transparentes en sus políticas sobre el rechazo de las apps?