La Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio, consciente de los retos que encuentran las empresas valencianas, especialmente las industrias, para avanzar en sus procesos de digitalización, ha puesto en marcha a través del IVACE la presente convocatoria de ayudas para el desarrollo de proyectos de Digitalización de pyme, incentivando la inversión innovadora en tecnologías de la información, las comunicaciones y la electrónica. Como consecuencia de estas inversiones, las pymes de la Comunitat Valenciana podrán contar con mejores condiciones para avanzar en la implementación de la industria 4.0, llevar a cabo procesos más eficientes, mejorar la integración en su cadena de valor o desarrollar nuevos productos y servicios.
OBJETIVO DE DIGITALIZA CV 2025-2026
La transformación digital del tejido empresarial valenciano mediante la implantación de soluciones innovadoras que mejoren la competitividad, la eficiencia y la sostenibilidad de las empresas.
¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLA?
Pymes con sede social y centro de producción en la Comunitat Valenciana, que cuenten con al menos dos personas trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas y cuya actividad se encuadre en alguno de los siguientes CNAE:
- Industria y construcción: Secciones C, D, E y F (divisiones 10 a 43), excepto el CNAE 41.10 (promoción inmobiliaria).
- Transporte y logística: Sección H (divisiones 49 a 52).
- I+D: Sección M, división 72.
ACCIONES SUBVENCIONABLES POR DIGITALIZA CV
Se apoyarán proyectos con un presupuesto mínimo subvencionable de 20.000 euros, orientados a la implantación y puesta en marcha de soluciones de digitalización:
- Industria 4.0: gemelos digitales, automatización, robótica, control de procesos productivos, captura de datos, mantenimiento preventivo, diseño avanzado o sensorización.
- Gestión empresarial y cadena de valor: ERP, logística interna y externa, integración horizontal y vertical, comercio electrónico (sin marketplaces de terceros) y sistemas vinculados a economía circular.
- Tecnologías avanzadas: ciberseguridad, análisis de datos e inteligencia artificial, siempre vinculadas a las actuaciones anteriores.
Los proyectos deberán desarrollarse entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de diciembre de 2026, y no podrán estar finalizados ni completamente ejecutados en el momento de presentar la solicitud de ayuda.
CUANTÍA DE LA AYUDA
La subvención podrá alcanzar:
- Hasta el 45 % de los costes subvencionables para pequeñas empresas.
- Hasta el 35 % para medianas empresas.
El importe máximo de la ayuda será de 175.000 euros por proyecto.
Cada empresa podrá presentar un único proyecto, que podrá incluir una o varias actuaciones subvencionables.
REQUISITOS
- Presupuesto subvencionable a partir de 20.000 €.
- Los proyectos deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2025 y no deberá haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de que se presente la solicitud.
- Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
- Solo podrá presentarse un proyecto por empresa solicitante.
COSTES SUBVENCIONABLES
a) Adquisición de activos inmateriales. Software relacionado con el desarrollo de los proyectos, incluyendo, si procede, los costes de implantación y puesta en funcionamiento. Se excluyen renovaciones, cambios de versión o ampliaciones de software ya en uso en la empresa. Se considerarán:
- Licencias de software, excluyendo el software de propósito general, como por ejemplo sistemas operativos, aplicaciones de gestión / monitorización de redes / sistemas, paquetes de ofimática, correo electrónico, edición y tratamiento de imágenes, salvo en los casos en que este tipo de software forme parte inseparable de otros activos que sean objeto de subvención dentro del proyecto.
- Desarrollo de aplicaciones a medida, incluida instalación y asesoramiento técnico específico de las mismas.
- Costes por uso de soluciones y aplicaciones (modalidades XaaS), durante el tiempo de ejecución del proyecto, con las mismas exclusiones que las detalladas para las licencias de software. Se excluyen soluciones XaaS que consistan en la contratación del acceso a información contenida en bases de datos especializadas.
b) Adquisición de activos materiales:
- Inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones. Se excluyen ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo los servidores que se declaran íntegramente dedicados a la solución objeto del proyecto, así como en los casos en que actúen como interface para captura de datos o configuración de dispositivos en soluciones del tipo de las definidas en la actuación apoyable a).
- Adquisición o adaptación de bienes de equipo: exclusivamente los necesarios para la puesta en marcha de las soluciones recogidas en la actuación apoyable a).
Los activos deberán quedar instalados en el establecimiento productivo de la empresa beneficiaria en la Comunitat Valenciana.
c) Servicios externos: costes de servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación o definición de los servicios previstos en las actuaciones apoyables. El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 15% del resto de costes subvencionables o 20.000 euros.
d) Gastos para la elaboración del informe de auditoría, hasta un importe máximo subvencionable de 600 €, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.
Si necesitas ayuda en un proyecto de desarrollo de software apoyable, contacta con nosotros aquí.
Más información en el DOGV del 26/12/2025


